Capítulo I
Pecado, penitencia y el tesoro de méritos
Para entender las indulgencias hay que partir de la teología medieval de la penitencia. Según la enseñanza católica, al pecador que se arrepiente y se confiesa se le perdona la culpa del pecado y se le libra del castigo eterno. Pero queda una deuda de pena temporal, que debe pagarse con actos de penitencia en esta vida o mediante la purificación en el purgatorio después de la muerte. En la Iglesia primitiva, las penitencias eran largas y públicas, y a veces duraban años. Con el tiempo, la Iglesia permitió conmutarlas por otras obras piadosas, como oraciones, peregrinaciones, ayunos o donativos a los pobres.
Una indulgencia era la declaración de la Iglesia de que parte o la totalidad de esa pena temporal quedaba remitida. Una indulgencia parcial se medía en días o años, que correspondían a los antiguos periodos penitenciales; una indulgencia plenaria lo remitía todo. La primera gran indulgencia plenaria se ofreció en 1095, cuando el papa Urbano II prometió que a quienes fueran a la cruzada con recta intención se les daría por cumplida la penitencia. En 1300, Bonifacio VIII extendió una indulgencia plenaria a los peregrinos que visitaran Roma durante el primer año jubilar.
Los teólogos explicaban el origen de este poder con la idea del tesoro de méritos. El sacrificio de Cristo y las buenas obras de la Virgen María y los santos habían producido una sobreabundancia de méritos, más de los necesarios para su propia salvación. La Iglesia, que poseía las llaves entregadas a san Pedro, podía repartir entre los fieles lo que había en ese tesoro. El papa Clemente VI expuso la doctrina en su bula Unigenitus en 1343. En 1476, Sixto IV declaró que los vivos podían ganar indulgencias para las almas que ya estaban en el purgatorio, a modo de sufragio.